jueves, 31 de octubre de 2013

LA LEY DE MEDIOS, LA CORTE Y DESPUÉS





La Autoridad Federal de Servicios de Comunicación Audiovisual (AFSCA) continúa avanzando en las reuniones técnicas para afinar los pasos que se aplicarán en el marco del cumplimiento de la Ley de Servicios de Comunicación Audiovisual (LSCA).

Así, y más allá de que el procedimiento final aún no está definido, la situación del Grupo Clarín para la autoridad de aplicación de la LSCA –norma considerada constitucional y plenamente vigente el martes por la Corte Suprema de Justicia– continúa enmarcada dentro de la adecuación de oficio y con los plazos vencidos. De hecho, la única propuesta oficializada por un accionista minoritario Cablevisión, Fintech, fue presentada "en tiempo y forma" en diciembre del año pasado, pero "no fue ratificada" por el accionista mayoritario, es decir, el Grupo Clarín.

Al cierre de esta edición, dentro del proceso de adecuación de oficio, el monopolio liderado por Ernestina Herrera de Noble y Héctor Magnetto sigue enmarcado por el Estado dentro del plazo de quince días para contestar al ente sobre los bienes y servicios registrados a su nombre.

El 17 de diciembre pasado, la cautelar que protegía al Grupo cayó durante unas horas a raíz del fallo en primera instancia del juez federal Horacio Alfonso que avaló la constitucionalidad de la norma, y la AFSCA, con su presidente Martín Sabbatella en persona, notificó al holding del inicio de la adecuación de oficio.

Por estas horas, el organismo evalúa cuál es la mejor opción administrativa para evitar posteriores presentaciones judiciales del Grupo que entorpezcan el procedimiento de adecuación que fija la ley. Una posibilidad es notificarlos nuevamente. "En todo caso, la diferencia consistiría en que, si la notificación es válida, estamos en el día uno. Si no, estaríamos el día cero", aseguró una fuente gubernamental a este diario. Sea como fuere, una vez anoticiado, Clarín tendrá 15 días para responder.

Los pasos correspondientes, según el procedimiento, consisten en la notificación, tasación, selección de las licencias y los bienes afectados al uso de las mismas, posteriormente el concurso y adjudicación, y finalmente, el traspaso de licencias del anterior titular al nuevo.

Durante todo este proceso, el titular de las licencias tiene la obligación de cuidar los bienes, mantener el servicio y sostener las fuentes de trabajo. En este último punto, Sabbatella había sido enfático al señalar que "el Estado tiene que garantizar" que los licenciatarios mantengan los puestos de trabajo.

Por su parte, el gerente de Comunicaciones del Grupo Clarín, Martín Etchevers, manifestó ante un portal web de noticias que "lamentamos el contenido del fallo porque se aparta de una tradición que había generado la Corte y de algunos estándares internacionales en cuanto a la libertad de expresión". El representante del holding expresó que la norma "regula violando los últimos precedentes de la Corte Interamericana, se aleja de los antecedentes de la ley norteamericana y busca medios dependientes del poder político y fragmentados. Es una norma creada con nombre y apellido, para destruir un grupo", opinó.

El Grupo ya rechazó la posibilidad de la adecuación de oficio. "De ninguna manera se nos puede aplicar, como ayer reiteró el señor Sabbatella, sabiendo que estaba cometiendo un acto nulo. No se le puede aplicar a un grupo que tuvo la ley suspendida. El plazo fue prorrogado por el gobierno por un año, del que han gozado todos los grupos, menos Clarín", sostuvo.

En caso de que la tasación se concrete y se seleccionen las licencias, serán concursadas aquellas "que le causen un perjuicio menor" al licenciatario original. Hoy, habrá más reuniones entre la AFSCA y el resto del gobierno con ese cometido.

Hubo más elogios que críticas al fallo de la Corte

Desde el anuncio del fallo de la Corte Suprema de Justicia en relación a la Ley de Medios, numerosas voces salieron a pronunciarse en torno a este tema, pero fueron minoritarias las que lo hicieron en contra del pronunciamiento del máximo tribunal.

De un total de 85 voces relevadas por todos los soportes (Web, TV, Radio y medios gráficos) solo 15 se expresaron en contra del fallo que dictaminó la constitucionalidad de la Ley de Servicios de Comunicación Audiovisual. De ellas, siete pertenecen al propio Grupo Clarín, sus abogados afines, y ocho son miembros de partidos de la oposición (UNEN y PRO).

De entre todos ellos se destacó la diputada electa del Frente UNEN Elisa Carrió, con su denuncia sobre un supuesto pacto entre el gobierno y el titular de la Corte, Ricardo Lorenzetti. Otros políticos que expresaron críticas fueron Fernando "Pino" Solanas y Patricia Bullrich.

El caso del PRO, con Gabriela Michetti, el rabino Sergio Bergman, Laura Alonso, el propio Mauricio Macri y Federico Pinedo a la cabeza de las críticas, plantea una distinción: no se expresaron en contra del fallo, sino que se centraron en el pedido de independencia de la autoridad de aplicación, e interpretaron que sin la renuncia del titular de la AFSCA, Martín Sabbatella, no se puede cumplir con la ley como pide la Corte. Ayer mismo, estos dirigentes anunciaron que presentarán un planteo judicial ante la Corte Suprema para que no se implemente la normativa.

De las 70 voces que valoraron el fallo, solo diez manifestaron críticas centradas en los siguientes ejes: ilegitimidad de la autoridad de aplicación, cercanía del fallo a las elecciones y el supuesto uso discrecional que el Gobierno Nacional supuestamente hace de la ley. En este grupo se inscribieron las declaraciones de Hermes Binner, Ricardo Alfonsín, Federico Storani, Julio Cobos, la ex diputada Silvia Vázquez, el intendente de Almirante Brown Darío Giustozzi, Felipe Solá, la diputada Victoria Donda y el académico Martín Becerra.

Adecuación

La adecuación de oficio "no son las Invasiones Bárbaras; es un proceso que está reglado", dijo la abogada Graciana Peñafort, en respuesta a la descalificación de Clarín contra la AFSCA.











“La ley va a enriquecer la discusión pública”

 
La presidenta de la Cámara del Crimen, María Laura Garrigós de Rébori, señala que la Corte Suprema tomó “la mejor decisión” y que “se nota en la redacción que han trabajado en el consenso”. También apunta: “El fallo, fantástico, pero llegó cuatro años tarde”.




–¿Cuán importante es el fallo?

–Es una sentencia que apuesta a la libertad de expresión y que actúa, sobre todo, sobre el negocio que se construye en torno de la libertad de expresión: la plata alrededor de la posibilidad del ejercicio de ese derecho. Tras haber dado una primera lectura, con los miembros de la comisión directiva de Justicia Legítima concordamos en analizar este fallo como una convalidación de la garantía de la libertad de expresión que va a tener un significado histórico. A la larga, los efectos que va a producir la puesta en práctica de la distribución de las licencias por fuera del parámetro exclusivamente económico significará la pluralidad de opiniones, una diversidad que nuestra ley pretende, y eso va a enriquecer la discusión pública y de opiniones. La formación de opinión será de otro tenor, más adulta, más elevada, más compleja. La posibilidad de acceso a las licencias de universidades públicas u organizaciones comunitarias va a implicar que opiniones muy diversas entren al espacio público, que las podamos conocer y tener en cuenta al momento de formar nuestra opinión. La complejización de nuestro razonamiento, algo que siempre es una ventaja, se reflejará a la hora de elegir la gente que buscamos para que maneje el gobierno, el apoyo o no de determinados ítem. Y todo esto se transforma en más derechos.

–Pero la puesta en acción del 33 por ciento al sector comunitario no estaba afectada por el litigio en el que Clarín involucró a la ley y por lo tanto, no estaba frenado...

–No, pero tampoco estaba puesto en marcha, porque si no se podía aplicar la desinversión para uno de los oligopolios, no se aplicaba al resto de las empresas fuera de la ley. Así que no están repartidas las licencias todo lo que debían. Pareciera que el fallo, aparentemente, da un puntapié importante para que empiece a repartirse el espacio.

–¿Esperaba que la Corte definiera así la cuestión o la sorprendió?

–Para mí fue sorprendente. No tenía mucha esperanza. Es la mejor decisión, pero no tenía la esperanza de que pudieran obtener la mayoría necesaria para poder salir favorables a la ley todos los artículos cuestionados. Se nota en la redacción que han trabajado en el consenso. Hay algunos párrafos del fallo que no son absolutamente necesarios, pero que parecieran estar allí para obtener el acuerdo de los jueces. Son cosas que son obvias para cualquier juez.

–¿Qué significa su presencia allí? ¿Son mensajes de la Corte hacia afuera?

–A lo mejor son párrafos de consenso. Es una impresión, no tengo ninguna seguridad de todo esto. De todas maneras, cuando los jueces llegan a la misma determinación por diferentes fundamentos, lo dicen claramente en el fallo, se señala que está de acuerdo en cómo se decide, pero por esta otra razón que tal otro juez no tuvo en cuenta. La pluralidad ideológica existe en la Corte: no son todos de la misma tendencia. Está bien, se nota.

–¿Cómo analiza los considerandos que la Corte plantea al Gobierno, relativos a la pauta oficial, la función de los medios públicos, la autonomía de la autoridad de aplicación?

–Eso no estaba en cuestión. Esas son las cosas que no había por qué decirlas, que están de más, pero que creo que tienen que ver con el trabajo de consenso: “Si hacemos esta advertencia, ponemos esta aclaración, llamamos la atención sobre esto, entonces acordaremos en firmar”. El fallo es muy prolijo, está muy bien escrito, tiene muy buena ilación, está en un lenguaje sencillo que cualquiera puede leer; las partes que toma de jurisprudencia son breves, concisas y absolutamente apropiadas; no se excede en citas engorrosas. Incluso es muy diferente del que emitieron sobre la inconstitucionalidad de la elección popular de los miembros del Consejo de la Magistratura, cuando se les notó el prejuicio en el idioma, en la forma de redacción. Se han tomado el trabajo de resaltar en negrita las directrices, incluso, pero... por ahí, aparece una obiter sobre el reparto de la pauta oficial y uno dice: “Esto está puesto para que alguien firme acá”.

–¿No considera útil o valedero que aparezcan estas cuestiones?

–No. No creo que los jueces tengamos que dar clases de nada. No me parece bueno como práctica judicial. Tenemos que resolver las cuestiones que nos plantean, no explicar al resto de los poderes o del mundo cómo deben hacer sus propias tareas. Es obvio que la distribución de la pauta oficial está mal, no hace falta que lo diga la Corte. Por supuesto que la pauta oficial mal distribuida puede ser materia de juzgamiento. Cuando eso suceda será el momento de opinar al respecto. No lo era en este caso y sin embargo hablaron de pauta oficial.

–Son posicionamientos políticos, entonces.

–Sí, puede ser.

–¿Cómo ubica políticamente a la Corte este fallo, teniendo en cuenta el debate en torno del rol del Poder Judicial en esa arena?

–La Corte pretende ratificar su independencia. Tanto es así que yo lo escuché a Zaffaroni decir que tuvieron mucho cuidado de no salir con anterioridad al período electoral para no influir en el posible resultado eleccionario. Los jueces sabemos que hay fallos que tienen un impacto que pueden llegar a modificar apreciaciones. Ahí tomaron una decisión: decidieron mantenerse al margen y eligieron salir después. Tal vez, algún politólogo o sociólogo podrían preguntarse por qué no salieron cuatro meses antes, para mantenerse al margen de las PASO, por ejemplo.

–Con un fallo tan esperado, a cuatro años de bloqueo parcial de la ley, ¿no influyeron con su demora de todas maneras?

–Terriblemente. Se puede pensar que el trámite de estudio puede durar seis meses, que las audiencias públicas pudieron haberlo demorado... Pero no cuatro años. Que cualquier fallo, del tenor de éste o de cualquier otro, demore cuatro años es injustificable. El Poder Judicial tiene que hacer su autocrítica. Y de hecho, nosotros en el comunicado de Justicia Legítima sostenemos eso: el fallo, fantástico, pero llegó cuatro años tarde.

–Técnicamente esa demora no fue responsabilidad de la Corte.

–No, pero la Corte pudo haber hecho algunas cosas de otra manera. Pudo, por ejemplo, haber fijado las cuestiones de otra manera en diciembre de 2012. De hecho, la Corte sostiene en este fallo, cuando habla del artículo 161, que el plazo venció entonces. Podría haber tomado otra decisión respecto de la medida cautelar. Hay que terminar esta historia de las medidas cautelares: no pueden paralizar las causas. Tampoco puede ser que los jueces dejen que las partes manejen los tiempos de los expedientes, porque los directores de los procesos son los jueces, son ellos los que deben marcar los tiempos de actuación.

–En ese sentido, ¿el fallo de ayer marca algún tipo de límite?

–No, porque nada dice de esto.









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