sábado, 10 de marzo de 2018

EL BESO PROHIBIDO




Rocío Girat y su esposa Mariana Gómez

El viernes 9-3, pocas horas después de la movilización y paro de mujeres, lesbianas, travestis y trans del 8M, la Sala 6 de la Cámara Nacional de Apelaciones Criminal y Correccional –integrada por los jueces Julio Marcelo Lucini y Mariano González Palazzo confirmó el procesamiento de Mariana Gómez, detenida el 2 de octubre pasado en el Centro de Trasbordo del Subte C en Plaza Constitución.

Aquel día, Mariana y su esposa, Rocío Girat, se resguardaron de la lluvia bajo el techo vidriado del Centro de Trasbordo y permanecieron conversando, besándose y fumando. Muchas otras personas fumaban en ese sector. Varios minutos después, el empleado de Metrovías José María Pérez y el policía de la Ciudad Jonatan Rojo le exigieron a Mariana que apagara el cigarrillo. Según declaró Mariana Gómez, el policía la llamó despectivamente “pibe” más de una vez y cuando ella aceptó apagar el cigarrillo, la obligó a permanecer en el lugar mientras le ordenaba: “Pibe, vas a ser detenido”. Los cargos que se le imputan son “resistencia a la autoridad y lesiones graves” por no acatar el arresto y por la pérdida de cabello que sufrió la policía femenina Karen Villareal, quien participó en la detención.

Durante el arresto, Mariana Gómez intentó escapar y defenderse de la violencia física de los oficiales. El policía Jonatan Rojo declaró en el expediente que “le pedí a la señora Gómez que no podía retirarse, ella me contesta que éramos masculinos y no podíamos tocarla y ahí me enfrenta y me da un golpe con su pecho”. Por el contrario, Mariana Gómez señaló que fue el policía quien intentó retenerla tocándole un pecho. Acerca de la pérdida de un mechón de cabello que sufrió la oficial, la defensa sostiene que se produjo cuando el policía Rojo arrojó al piso a la detenida, que intentó sostenerse del primer elemento que encontró a mano, para no caer.

Una vez reducida por los policías, Mariana Gómez fue trasladada a la División Subterráneos de la Policía de la Ciudad, ubicada en la estación Boedo de la línea E. Dentro de un calabozo la obligaron a desnudarse y tres oficiales femeninas la requisaron. Le ordenaron ponerse en cuclillas y exhibirles sus cavidades corporales. Permaneció detenida durante 8 horas.

Pocos días después de este episodio, el jefe de Gobierno porteño, Horacio Rodríguez Larreta, manifestó –en el programa de Mirtha Legrand– su apoyo a la policía en este procedimiento, mientras que el Ministerio de Seguridad de la Nación respondió con un nuevo Protocolo General de Actuación de Registros Personales y Detención para Personas Pertenecientes al Colectivo LGBTI.

Según denuncia la comunidad LGBTI, este nuevo protocolo avanza contra derechos y libertades civiles. El protocolo prohíbe “todo acto por el cual se inflija intencionalmente a una persona dolores o sufrimientos graves”. Graves son los que dejan secuelas permanentes. De manera tal que los dolores y sufrimientos que no causan ese tipo de secuelas ahora están permitidos durante la detención. Esos sufrimientos son los que llevan a las personas detenidas a ejercer resistencia al arresto y así se configura fácilmente la figura penal.

Con el fallo dictado ayer, la Sala 6 confirmó el procesamiento dictado el 29 de diciembre por la jueza María Fontbona de Pombo. La defensa de Mariana Gómez, a cargo del abogado Lisandro Teszkiewicz, fue notificada del fallo recién el 1º de febrero. La orden de la jueza era notificar después de la feria judicial. “No tuvimos ese mes para analizar la apelación”, declaró en esa oportunidad Teszkiewicz a Página 12. Ahora será nuevamente la jueza Fontbona de Pombo la encargada de dictar sentencia.

El martes 27-2, tuvo lugar la audiencia de apelación ante la Sala 6. Por la Sala habló solamente el juez Lucini. Los magistrados escucharon los argumentos de la defensa, pero se negaron a aceptar el alegato de la abogada Luciana Sánchez sobre los estereotipos de género que usó en su fallo la jueza Fontbona de Pombo. Sánchez se presentó como amicus curiae por la organización Colectivo para la Diversidad (COPADI). Tampoco escuchó al defensor adjunto de la Ciudad de Buenos Aires, Luis Duacastella.

Pero lo que causó estupor entre el público asistente a la audiencia –mayoría absoluta de integrantes de agrupaciones feministas y de lesbianas– es que los jueces no permitieron hablar a Mariana Gómez. “En estas audiencias nunca se escucha a los imputados”, dijo el juez Lucini.

A la salida de la audiencia, Mariana Gómez se abrazó a su hermano y luego declaró al suplemento Soy de Página 12: “No me permitieron hablar en la sala. Entonces voy a compartir con ustedes lo que iba a expresar ante el tribunal. Quería decirles que comparen mi procesamiento con el de mis abusadores (Mariana Gómez fue abusada durante años por su padrastro y el padre de éste). Por esta situación absurda, a mí me procesan en menos de cuatro meses. Yo denuncié a una persona por haberme violado durante 16 años y tardaron un año y medio en procesarlo. Cuando me llevaron a la comisaría del subterráneo, me sentí violada de nuevo. Me hicieron mostrarles mis partes íntimas a tres policías femeninas. Me da bronca, porque desde que tengo conciencia ningún juez me dio oportunidad de nada”.

A horas de la manifestación del #8M y del documento en el que –entre otros puntos– se condena la violencia institucional contra las lesbianas, las palabras de Mariana Gómez sacuden los estantes donde descansan tomos de doctrina y jurisprudencia, y conducen los ecos de la gigantesca marea feminista que llenó de verde y violeta y arcoíris las calles argentinas, a las frías salas de los tribunales.

Ninguna de estas voces se oyen en el fallo judicial. En ningún momento se permite ingresar el argumento del trato discriminatorio desde el primer minuto de la detención. El caso debe volver al despacho de la jueza Fontbona de Pombo, quien no permitió que Rocío Girat –testigo y víctima del accionar policial– declarara en la causa.

Durante la detención de su esposa, y cuando pedía que no lastimaran a su pareja y le dijeran a qué lugar la iban a llevar detenida, los policías le exigieron que les mostrara el certificado de matrimonio, algo que no se exige a ninguna persona heterosexual. En los papeles que llenaban mientras detenían a Mariana Gómez, Rocío pudo ver que consignaban que era “soltera”.

Otro detalle significativo de la audiencia. El abogado Lisandro Teszkiewicz solicitó al tribunal que se permitiera a Rocío Girat asistir a la audiencia cerca de la defensa, en su calidad de esposa. La invitan a ingresar a la sala llamándola “señorita Rocío”. Esta vez la Justicia, en una actitud ambigua, le negó a Rocío Girat el trato de esposa.

Del fallo firmado por los jueces Lucini y González Palazzo se destaca el pasaje donde describen cómo un testigo salía de la estación de trasbordo y, al notar lo que ocurría, lo filmó en parte. El tribunal sostiene que el testigo (de apellido Bertacchini) dijo que no escuchó que explícitamente se refirieran a Mariana Gómez como un varón. “Pero por la forma en que la trataban, me dio esa sensación”, había declarado Bertacchini en la causa. El tribunal desestimó esta apreciación del testigo. “Es carente de todo sustento”, escribieron los jueces de Cámara en el fallo.

De la parte previa a este momento, no hay constancia en video. Y difícilmente podría ser de otra manera. A nadie le llamaría la atención ver a un policía con dos mujeres jóvenes. Sí llaman la atención los gritos durante una detención. Por eso existen documentados en video de esta parte del procedimiento policial. Los jueces dicen que “ninguna prueba sustenta que (el empleado de Metrovías y el policía Rojo) se percataron de su ‘elección sexual’ y no aceptaban que se besaban”. Hasta ahora ningún juez tuvo en cuenta el testimonio de Rocío Girat. “La jueza Fontbona de Pombo se negó a que la esposa de Mariana declare en la causa”, dice el abogado Teszkiewicz.

En otro apartado, Lucini y González Palazzo sostienen que “la pretensión de la defensa en justificar los golpes que propinó Gómez a los policías, a través de una cuestión de género, parece tener como único propósito desviar del foco de atención del no acatamiento de la indicación dada por Pérez y Rojo de cesar con la infracción a la norma que dispone la prohibición de fumar en lugares públicos”. Aquel mediodía del 2 de octubre pasado, decenas de personas atravesaban los molinetes de la línea C en Plaza Constitución y encendían un cigarrillo. La única interpelada fue Mariana Gómez. Lo que diferenciaba a Mariana del resto es que había estado besando a su esposa.













jueves, 8 de marzo de 2018

El Ministro Germán Frankestein y la Justicia en Pedazos






El Gobierno creó por decreto una comisión para reformar el Código Civil y Comercial, a solo dos años de que se haya implementado la nueva norma. Los criterios de selección de los integrantes de esa comisión no dejan de ser llamativos. La integrarán la hija de la camarista que tiene parada la causa por el Correo Argentino, que involucra a la familia del presidente Mauricio Macri, y también un síndico en la causa del Correo que antes fue abogado de empresas del Grupo Macri como Socma. Incluso fue abogado de Macri en su divorcio con Isabel Menditeguy en 2005. En su momento, ese abogado fue denunciado por la fiscal Gabriela Boquin por incompatibilidad en el cargo que ocupa, en el que se supone que debe velar para que el Grupo Macri pague la deuda multimillonaria que sigue teniendo con el Estado.

Con la firma de Macri y del ministro de Justicia, Germán Garavano, el decreto 182/2018 indicó que se creará una comisión para modificar parcialmente el Código Civil, que generará una anteproyecto en seis meses.

“Se evidencia la necesidad de efectuar ciertas modificaciones en su articulado, reformando algunos aspectos e introduciendo otros que no fueron considerados al tiempo de su redacción”, dice el decreto. En el Ministerio de Justicia no dieron más detalles de cuáles aspectos son los que se buscarán cambiar. “Serán unos 20 artículos”, dijeron, sin más precisiones.

En Tribunales, interpretaron la decisión como una “devolución de gentilezas” al presidente de la Corte Suprema, Ricardo Lorenzetti, quien impulsó la reforma anterior del Código Civil. En las comisiones que convocó la Corte por la reforma judicial no se hablaba de otra cosa en los coffee break: todos interpretaban que el oficialismo quiere mojarle la oreja a Lorenzetti.

El Gobierno argumentó en el decreto que un grupo de especialistas del Programa Nacional de Coordinación General de Derecho Privado habían propuesto hacer modificaciones en el Código Civil. Ese programa lo dirige Agustina Díaz Cordero, que formará parte de la comisión de reforma. Se trata de la hija de la camarista comercial María Lilia Gómez Alonso de Díaz Cordero, quien tiene parado hace tiempo el expediente por la deuda del Grupo Macri con el Correo argentino, como denunció la fiscal Boquin. Es, además, la presidenta de la Asociación de Magistrados y Funcionarios de la Justicia Nacional.

La hija de la camarista ya recibió anteriormente las atenciones de Macri: el Presidente la incluyó en una terna en el Senado para jueza civil, pese a que había quedado en el puesto 17 en el concurso (era la peor calificada de la terna, por lejos). Le fue mejor que en otro concurso para ser jueza comercial, en el que quedó en el puesto 32.

En el primer concurso, entre las jurados estaba la camarista Graciela Medina, que es esposa de Julio César Rivera, otro de los que integrará la comisión de redacción del próximo Código Civil. Rivera fue apoderado de diversas empresas del Grupo Macri, entre ellas Transmetro S.A. y Saframa, y patrocinó a Macri en su divorcio con Menditeguy en 2005. Macri lo propuso como conjuez de la Corte Suprema. No obstante, Rivera también es abogado de la Sindicatura General en la causa del Correo Argentino. La fiscal Boquin lo denunció por incompatibilidad, dado que como síndico debía buscar que el Grupo Macri pague: un ex abogado de ese grupo no parecería ser la persona indicada para el trabajo. Boquin indicó que la sindicatura tuvo posturas contradictorias con su deber.

Además de Rivera y Díaz Cordero, la comisión estará integrada por Ramón Daniel Pizarro, Marcelo Alejandro Rufino y Diego Botana. Este último había sido propuesto por el radical Ernesto Sanz para ocupar un puesto en la procuración del Tesoro, pero Carlos Balbín lo rechazó porque detectó posibles conflictos de interés. El otro candidato que proponía Sanz terminó siendo su reemplazante: Bernardo Saravia Frías, quien también fue abogado del Grupo Macri. Entre los antecedentes de Botana figura haber sido “expert witness en los Tribunales de Quiebras de la Ciudad de Nueva York en materia de derecho concursal argentino, en procesos de reestructuración internacional de deuda”, es decir, haber participado en el tribunal de Thomas Griesa. Ahora se ocupará del Código Civil.




MINISTERIO DE JUSTICIA Y DERECHOS HUMANOS

Decreto 182/2018

Comisión para la Modificación Parcial del Código Civil y Comercial de la Nación. Creación.

Ciudad de Buenos Aires, 06/03/2018

VISTO el Expediente N° EX-2017-34797815-APN-DDMIP#MJ, la Ley N° 26.994, y

CONSIDERANDO:

Que por la Ley N° 26.994 se aprobó el CÓDIGO CIVIL Y COMERCIAL DE LA NACIÓN, que entró en vigencia el 1° de agosto de 2015.

Que transcurridos DOS (2) años de la entrada en vigencia del CÓDIGO CIVIL Y COMERCIAL DE LA NACIÓN, a partir de su aplicación y de la dinámica constante de la realidad, se evidencia la necesidad de efectuar ciertas modificaciones en su articulado, reformando algunos aspectos e introduciendo otros que no fueron considerados al tiempo de su redacción.

Que un equipo de especialistas convocados y reunidos en el ámbito del “PROGRAMA NACIONAL DE COORDINACIÓN GENERAL DE DERECHO PRIVADO”, creado por la Resolución del MINISTERIO DE JUSTICIA Y DERECHOS HUMANOS N° 441 del 24 de junio de 2016, trabajó en la iniciativa “Observatorio del Código Civil y Comercial” del “PROGRAMA JUSTICIA 2020” ambos en la órbita de la SECRETARÍA DE JUSTICIA del citado Ministerio y concluyó que resulta necesario efectuar ajustes puntuales al Código vigente.

Que atento lo expuesto, resulta necesaria la creación de una Comisión que lleve a cabo la actualización de la legislación nacional en materia de derecho privado, integrada por reconocidos juristas en la actividad académica, doctores Julio César RIVERA, Ramón Daniel PIZARRO, Diego BOTANA, Agustina DIAZ CORDERO, quien se desempeñara como Secretaria Académica, y Marcelo Alejandro RUFINO quien actuará como Secretario “ad hoc”. Los mismos desarrollarán su tarea con carácter “ad honorem”.

Que dicha Comisión tendrá como objetivo principal la elaboración de un anteproyecto de ley de reforma y actualización del CÓDIGO CIVIL Y COMERCIAL DE LA NACIÓN.

Que a su vez, corresponde establecer que la citada Comisión dictará su propio reglamento de funcionamiento, y deberá articular su accionar con el “PROGRAMA JUSTICIA 2020” que funciona en la órbita de la SECRETARÍA DE JUSTICIA del citado Ministerio, a los fines de hacer uso de la plataforma digital de éste, informar los avances del proyecto y recibir allí los aportes que aseguren la representación federal y pluralista de la sociedad.

Que para el cumplimiento de su cometido, la Comisión contará con el apoyo técnico y administrativo del MINISTERIO DE JUSTICIA Y DERECHOS HUMANOS, que tendrá a su cargo el dictado de las normas complementarias, aclaratorias y operativas que resulten pertinentes.

Que ha tomado intervención el Servicio Permanente de Asesoramiento Jurídico del MINISTERIO DE JUSTICIA Y DERECHOS HUMANOS.

Que la presente medida se dicta en uso de las atribuciones conferidas por el artículo 99, inciso 1, de la CONSTITUCIÓN NACIONAL.

Por ello,

EL PRESIDENTE DE LA NACIÓN ARGENTINA

DECRETA:

ARTÍCULO 1°.- Créase en el ámbito del MINISTERIO DE JUSTICIA Y DERECHOS HUMANOS la “COMISIÓN PARA LA MODIFICACIÓN PARCIAL DEL CÓDIGO CIVIL Y COMERCIAL DE LA NACIÓN”, la que tendrá a su cargo la elevación al PODER EJECUTIVO NACIONAL de un anteproyecto de ley de modificación parcial del CÓDIGO CIVIL Y COMERCIAL DE LA NACIÓN, en el plazo de SEIS (6) meses a contar desde la fecha en la que quede formalmente constituida. Dicho plazo podrá ser ampliado a pedido de la Comisión.

ARTÍCULO 2°.- La Comisión creada por el artículo 1° estará integrada por los doctores Julio César RIVERA (D.N.I. N° 7.606.530), Ramón Daniel PIZARRO (D.N.I. N° 11.187.062), Diego BOTANA (D.N.I. N° 21.831.349), Agustina DÍAZ CORDERO (D.N.I. N° 25.096.105), quien se desempeñará como Secretaria Académica, y Marcelo Alejandro RUFINO (D.N.I. N° 14.886.709), quien actuará como Secretario “ad hoc”. Los miembros de la Comisión desarrollarán su tarea “ad honorem”.

ARTÍCULO 3°.- La “COMISIÓN PARA LA MODIFICACIÓN PARCIAL DEL CÓDIGO CIVIL Y COMERCIAL DE LA NACIÓN” dictará su propio reglamento interno de funcionamiento y deberá articular su accionar con el “PROGRAMA JUSTICIA 2020” que funciona en la órbita de la SECRETARÍA DE JUSTICIA del citado Ministerio, a los fines de hacer uso de la plataforma digital del Programa, informar los avances del proyecto y recibir allí los aportes que aseguren la representación federal y pluralista de la sociedad.

ARTÍCULO 4°.- Para el cumplimiento de su cometido la Comisión contará con el apoyo técnico y administrativo del MINISTERIO DE JUSTICIA Y DERECHOS HUMANOS, el que dictará las normas complementarias, aclaratorias y operativas que resulten necesarias para el cumplimiento del presente acto.

ARTÍCULO 5°.- Comuníquese, publíquese, dése a la DIRECCIÓN NACIONAL DEL REGISTRO OFICIAL y archívese. — MACRI. — Germán Carlos Garavano.

e. 07/03/2018 N° 13906/18 v. 07/03/2018

Fecha de publicación 07/03/2018





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